Nueva ordenanza reguladora de la convivencia ciudadana

Publicada el 01/03/2008 a las 18:11 en la sección de Sociedad

El pasado 19 de diciembre de 2007, el pleno del Ayuntamiento aprobó varias ordenanzas municipales, como ya os informamos el 21 de enero de 2008.

Entre estas nuevas ordenanzas destaca la Ordenanza de Convivencia Ciudadana, de recomendada lectura para todos los ciudadanos, esta lectura la podéis hacer en la web del Ayuntamiento, en el B.O.P. nº 40 del 27 de febrero de 2008 o descargándola desde esta web en este enlace.

Esta ordenanza, necesaria por un lado, tiene una serie de puntos que me gustaría comentar.

Existe un punto en el Artículo 8 que textualmente dice: «Los titulares de los establecimientos no podrán situar en la vía pública ninguna clase de mobiliario con propaganda publicitaria», es decir que cuando llegue el buen tiempo todas las terrazas tendrán que utilizar sillas y mesas sin publicidad o pagar la multa pertinente.

En el Artículo 12, en su primer punto se dice: «Todos los ciudadanos están obligados a respetar el descanso de los vecinos y a evitar la producción de ruidos y olores que alteren la normal convivencia», lo de los ruidos se entiende perfectamente, pero y los olores, que pasa con el vertedero situado en una finca de titularidad municipal, ¿no produce olores que alteran la normal convivencia?. Como punto gracioso decir que con esto se prohíbe la emisión de flatulencias o pedos en las zonas públicas, avisados quedáis.

En el mismo Artículo 12 en su punto 3, se nos dice que: «Los conductores y ocupantes de vehículos se abstendrán de poner a elevada potencia los aparatos de radio cuando circulen o estén estacionados con las ventanillas bajadas», se acabaron los niños maquineros.

En varios puntos de la ordenanza se habla de los contenedores, esta prohibido depositar líquidos en su interior, quemarlos, tirarlos al suelo, desplazarlos, incluso esta prohibida su manipulación, como se dice en el Artículo 11, Está prohibida toda manipulación de las papeleras y contenedores situados en la vía y espacios públicos,…», se entiende lo que se quiere decir, pero al decirlo de este modo se puede entender, por manipular, su uso, es decir levantar la tapa para depositar las bolsas de basura, dado que manipular según el R.A.E. es lo siguiente:
Manipular. Del lat. manipŭlus, manojo, unidad militar, y en b. lat. el ornamento sagrado).
1. tr. Operar con las manos o con cualquier instrumento.
2. tr. Trabajar demasiado algo, sobarlo, manosearlo.
3. tr. Intervenir con medios hábiles y, a veces, arteros, en la política, en el mercado, en la información, etc., con distorsión de la verdad o la justicia, y al servicio de intereses particulares.
4. tr. coloq. Manejar alguien los negocios a su modo, o mezclarse en los ajenos.

También se prohíbe escupir o hacer necesidades en la vía pública, el lavado de automóviles y el vertido de colillas y envoltorios.

Todas las infracciones recogidas en la ordenanza se clasifican en leves, graves y muy graves y las multas llegan a los 3.000,00 euros de las muy graves.

Meta Data

Título: Nueva ordenanza reguladora de la convivencia ciudadana
Fecha: 01/03/2008
Sección: Sociedad
Etiquetas: