La UPL denuncia el uso de la imagen de León Termal por parte del PP

Publicada el 21/05/2019 a las 23:11 en la sección de Política

Ha sido hace unos minutos en su página en Facebook, cuando la agrupación local de la UPL ha publicado lo que tenéis debajo de estas líneas y el comentario que le acompaña.

Suponemos que este comentario se refiere por un lado a la fotografía que aparece en la página 9 del programa electoral del Partido Popular.

Página 9 del Programa del PP

Y por otro la la imagen, que como ya comentamos hace unos días, aparece en el formulario de contacto de la web del Partido Popular de Santa María del Páramo ppsantamariadelparamo.es

Imagen del balneario utilizada en la web del PP de Santa María del Páramo

En el comentario de la UPL, quiero resaltar la última frase: «Que falta hacía una Auditoría en las obras del PP», a la que yo añadiría, «y que pena que en estos 4 años no se planteara nunca.»

Actualización (22.05.2019 11:10): tras un comentario a nuestra publicación, hemos visto que la UPL ha cambiado su mensaje en Facebook, y que no se refiere, como erróneamente hemos supuesto, a la utilización de fotografías de Leon Termal en la propaganda electoral del PP. La nota se refiere al uso de las instalaciones del Spa para colocar publicidad, como e indica en la nota editada de la UPL.

La ley orgánica 5/1985, del 19 de junio, del régimen electoral general, es muy clara respecto a los espacios reservados para colocar carteles electorales:

Artículo 55

Los Ayuntamientos deben reservar lugares especiales para la colocación gratuita de carteles, así como locales oficiales y lugares públicos de uso gratuito para la celebración de actos de campaña electoral. 
Aparte de los lugares especiales gratuitos indicados anteriormente, los partidos, asociaciones, coaliciones o federaciones y las candidaturas sólo pueden colocar carteles de propaganda electoral en los espacios comerciales autorizados. 


Artículo 56

  1. A los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, los Ayuntamientos, dentro de los siete días siguientes a la convocatoria, comunican los emplazamientos disponibles para la colocación gratuita de carteles a la correspondiente Junta Electoral de Zona. 
  2. Ésta distribuye equitativamente los lugares mencionados, de forma que todas las candidaturas dispongan de igual superficie y análoga utilidad en cada uno de los emplazamientos disponibles. 
  3. El segundo día posterior a la proclamación de candidatos, la Junta comunica al representante de cada candidatura los lugares reservados para sus carteles. 

NOTA: santamariadelparamo.com esta abierta a publicar comunicados, notas de prensa, programas electorales y anuncios de actos de campaña de todos los partidos políticos que concurren a las elecciones municipales, que pueden ser enviados a info@santamariadelparamo.com

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Título: La UPL denuncia el uso de la imagen de León Termal por parte del PP
Fecha: 21/05/2019
Sección: Política
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