Nueva normalidad. Guía básica

Publicada el 21/06/2020 a las 07:30 en la sección de Sanidad

Hoy domingo 21 de junio, Santa María del Páramo, al igual que el territorio nacional, nos encontramos en situación de Nueva Normalidad, que en Castilla y León se regirá por el Acuerdo 29/2020, de 19 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Comunidad de Castilla y León.

La recomendación que os hacemos, sobre todo a los que tenéis comercios, que os leáis el Acuerdo 29/2020, para tener la información de primera mano, en las medidas que tenéis que tomar en vuestros negocios, así como el régimen sancionador de los posibles incumplimientos. En este artículo, solamente hacemos un resumen de algunos puntos.

Como medidas generales, los ciudadanos deben mantener una distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros, y si no es posible, utilizar mascarilla.

Limitaciones de aforo

Todos los establecimientos, instalaciones y locales deben indicar de forma visible el aforo máximo del local. Fomentar el pago con tarjetas «contactless»

Velatorios con un máximo del 75% del aforo. Comitivas fúnebres con un máximo de 75 personas.

En los lugares de culto un 75% del aforo. El uso del exterior de los lugares de culto para la celebración de actos de culto debe ser aprobada por la autoridad municipal correspondiente.

Bodas con un máximo del 75% del aforo, o 250 personas en exteriores y 150 en interiores.

Comercio minorista, 75% del aforo con atención preferente a los mayores de 65 años.

Mercados dominical, 75% de los puestos habituales limitando la afluencia de clientes. El Ayuntamiento podría ampliar la superficie del mercado. Se recomienda la instalación de dispensadores de geles hidroalcohólicos en las entradas y salidas de la zona de mercado.

Academias y autoescuelas, 75% del aforo en clases presenciales. En el caso de los vehículos es obligatorio el uso de mascarilla para todos los ocupantes del vehículo.

Hostelería y restauración, aforo máximo del 75% en el interior del local. Consumo permitido en barra y mesas con distancias de 1,5 metros entre clientes o grupos de clientes. Las terrazas limitan su aforo al 80% de lo autorizado el año anterior.

Hoteles, ocupación máxima de un 75% en zonas comunes.

Biblioteca, puede prestar ser vicios de préstamo y devolución de obras y lectura en sala con un aforo máximo del 50% de su capacidad. Se deben poner dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad viricida. Se permite el uso de medios tecnológicos (ordenadores) con desinfección de los mismos tras cada uso. Los fondos devueltos deben guardar una cuarentena de 72 horas.

Sala de exposiciones, 75% de aforo máximo. Visitas en grupo con un máximo de 25 personas.

Cines y salones de actos (Centro Cívico), 75% del aforo con un limite de 500 personas para locales cerrados.

Instalaciones deportivas, al aire libre con un 80% de ocupación máxima y de un 75% en interiores (frontón y pistas de squash).

Piscinas, 75% de ocupación respecto al aforo máximo tanto en el recinto como durante la estancia en el baso de la piscina. La JCyL publicará una guía con indicaciones específicas para las piscinas.

Parque y pista de skate, aforo máximo de una persona por cada 4m2.

Como decíamos al principio esto es solo un escueto resumen, y os volvemos a recomendar que echéis un ojo al Acuerdo 29/2020, de 19 de junio.

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Título: Nueva normalidad. Guía básica
Fecha: 21/06/2020
Sección: Sanidad
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