El Ayuntamiento celebró por videoconferencia el pleno para sortear las mesas electorales sin hacer pública la causa excepcional que lo justificaba

Publicada el 07/11/2026 a las 07:00 en la sección de Ayuntamiento, Denuncia

El Ayuntamiento de Santa María del Páramo celebró el pasado 3 de noviembre un pleno extraordinario por videoconferencia para realizar el sorteo de los integrantes de las mesas electorales de las elecciones generales del próximo 29 de noviembre. Cuatro días después, la sesión sigue sin aparecer en el apartado de plenos de la página web municipal y el acta, único documento disponible, no identifica ninguna circunstancia excepcional que justificase su celebración telemática.

El pleno tuvo lugar el martes 3 de noviembre de 2026, entre las 14:00 y las 14:30 horas, bajo la presidencia de la alcaldesa, Alicia Gallego González, y con la asistencia del secretario-interventor.

Según el acta oficial, correspondiente al expediente PLN/2026/14, la sesión se desarrolló íntegramente a distancia, mediante videoconferencia, con un único punto en el orden del día: el sorteo de los presidentes, vocales y suplentes de las mesas electorales del municipio.

Un pleno que sigue sin aparecer en la web municipal cuatro días después

A fecha de hoy, 7 de noviembre, el apartado «Plenos Municipales» de la página web del Ayuntamiento continúa sin recoger la sesión extraordinaria celebrada el día 3.

Captura de la web del Ayuntamiento donde se anuncian los plenos

En dicho apartado aparecen las sesiones del 26 de octubre, 13 de octubre, 31 de agosto y plenos anteriores, pero no consta la convocatoria del pleno extraordinario destinado al sorteo de las mesas electorales. Algo que no es nuevo, dado que por ejemplo la convocatoria del pleno extraordinario del 26 de octubre se alucinó, según consta en la página del Ayuntamiento el día 29 de noviembre, tres días después.

Se desconoce si la convocatoria fue anunciada en el tablón físico de anuncios del Ayuntamiento. Lo que sí puede comprobarse es que, cuatro días después de su celebración, la sesión no figura en la relación de plenos publicada en la web municipal.

Esta ausencia de información resulta especialmente relevante porque el artículo 26 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece que la designación de los integrantes de las mesas electorales debe efectuarse mediante sorteo público.

Aunque el acta municipal afirma que el sorteo se realizó en sesión pública, la información disponible en la web del Ayuntamiento no permite conocer si los vecinos fueron informados previamente de la convocatoria ni cómo podían acceder a una sesión celebrada exclusivamente por videoconferencia.

Una videoconferencia sin causa excepcional identificada en el acta

La decisión de celebrar el pleno por medios electrónicos plantea otra cuestión.

El artículo 46.3 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local contempla la celebración telemática de las sesiones municipales cuando concurran situaciones excepcionales de fuerza mayor, grave riesgo colectivo o catástrofes públicas que impidan o dificulten de manera desproporcionada su celebración presencial.

La ley establece, además, que la concurrencia de esas circunstancias debe ser apreciada por la alcaldía al efectuar la convocatoria. Sin embargo, el acta del 3 de noviembre se limita a indicar que la sesión se celebró a distancia, al amparo del artículo 46.3, sin identificar ninguna situación excepcional que justificase esta modalidad.

El documento señala que el secretario comprobó la identidad de los asistentes, su presencia en territorio español y las garantías técnicas de la videoconferencia, pero no explica por qué no podía celebrarse el pleno presencialmente.

La justificación podría figurar en el decreto de convocatoria u otra documentación del expediente, pero ninguno de esos documentos se encuentra entre la información municipal publicada sobre la sesión.

El mismo día había pleno en las Cortes de Castilla y León

La sesión municipal coincidió en fecha con la actividad parlamentaria de las Cortes de Castilla y León, institución en la que Alicia Gallego también ejerce como procuradora. El martes 3 de noviembre, las Cortes celebraron un pleno que comenzó a las 16:30 horas y tuvo una duración de 3 horas y 26 minutos, finalizando aproximadamente a las 19:56 horas, según la información del vídeo de la sesión publicado en la página de las Cortes.

La alcaldesa de Santa María del Páramo estuvo presente en la sesión parlamentaria, como puede comprobarse en las imágenes del minuto de silencio celebrado al comienzo del pleno.

La actividad parlamentaria continuó al día siguiente, miércoles 4 de noviembre, con otro pleno que comenzó a las 10:00 horas y tuvo una duración de 4 horas y 6 minutos, hasta aproximadamente las 14:06 horas.

Aunque los horarios del pleno municipal y del autonómico del 3 de noviembre no se solaparon, entre la finalización del primero, a las 14:30 horas, y el comienzo del segundo, a las 16:30 horas, transcurrieron únicamente dos horas. Según Google Maps, el desplazamiento por carretera entre Santa María del Páramo y Valladolid requiere entre una 1:30 y 1:45, dependiendo de la ruta elegida. Por tanto, si el pleno municipal se hubiera celebrado presencialmente y la alcaldesa hubiera tenido que desplazarse después hasta las Cortes de Castilla y León, habría dispuesto de un margen de apenas quince a treinta minutos, sin contar otros desplazamientos o imprevistos. Esta ajustada disponibilidad de tiempo resulta relevante al analizar la decisión de celebrar el sorteo de las mesas electorales por videoconferencia, especialmente cuando el acta municipal no identifica ninguna de las circunstancias excepcionales que exige la legislación para recurrir a esta modalidad. No obstante, se desconoce desde dónde participó la alcaldesa en el pleno telemático y si sus compromisos parlamentarios influyeron en la decisión.

El sorteo se celebró el penúltimo día del plazo legal

El calendario electoral establecía que los ayuntamientos debían realizar el sorteo de las mesas electorales entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre de 2026. El 31 de octubre era sábado y el día 2 festivo en Castilla y León, por lo que no había muchos días de margen.

Por tanto, el Ayuntamiento de Santa María del Páramo efectuó el sorteo el 3 de noviembre, un día antes de que finalizase el plazo legal.

Según recoge el acta, el procedimiento se realizó mediante una aplicación informática de gestión del censo electoral, designándose para cada mesa un presidente, dos vocales y dos suplentes para cada uno de ellos.

Los resultados se incorporaron al expediente municipal para su remisión a la Junta Electoral de Zona de La Bañeza. La relación de personas designadas no se reproduce en el acta por motivos de protección de datos.

Las designaciones deben notificarse a los interesados en el plazo legal de tres días desde el sorteo. Las personas seleccionadas disponen de siete días desde la recepción de la notificación para presentar ante la Junta Electoral de Zona las causas justificadas y documentadas que les impidan desempeñar el cargo.

Una convocatoria y una justificación que no se han hecho públicas en la web municipal

Cuatro días después de celebrarse el pleno, la documentación municipal disponible no permite conocer cómo se anunció la convocatoria, de qué manera podían los vecinos asistir virtualmente al sorteo ni qué circunstancias excepcionales motivaron su celebración a distancia.

El acta, firmada electrónicamente el 4 de noviembre, acredita que el sorteo se realizó y que el secretario verificó las garantías técnicas de la sesión, pero no responde a esas cuestiones.

La ausencia de estos datos en la documentación publicada no demuestra por sí sola que la convocatoria careciese de justificación legal. Sin embargo, tratándose de un sorteo que debe ser público y de una modalidad de celebración reservada por la legislación a circunstancias excepcionales, sería conveniente que el Ayuntamiento hiciese públicos tanto el decreto de convocatoria como la justificación de la celebración telemática y los medios habilitados para garantizar la asistencia de los ciudadanos.

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Título: El Ayuntamiento celebró por videoconferencia el pleno para sortear las mesas electorales sin hacer pública la causa excepcional que lo justificaba
Fecha: 07/11/2026
Sección: Ayuntamiento, Denuncia
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