La “renuncia voluntaria” de Alicia Gallego a su sueldo de alcaldesa y las dudas que deja su explicación en el pleno

Publicada el 27/05/2026 a las 07:00 en la sección de Ayuntamiento, Política

Durante el último pleno del Ayuntamiento de Santa María del Páramo, el extraordinario del pasado 21 de mayo de 2026, la alcaldesa Alicia Gallego González anunció su renuncia a la dedicación parcial remunerada que percibía como regidora municipal tras asumir la portavocía del Grupo Mixto en las Cortes de Castilla y León.

Una frase que nos ha llamado a atención en su intervención fue la siguiente:

“No hay una normativa que me obligara estrictamente a renunciar, pero creo que es lo correcto y lo que me corresponde”.

Sin embargo, esa afirmación deja abiertas muchas dudas, porque la normativa sobre dedicación exclusiva en las Cortes y sobre incompatibilidades en cargos públicos sí establece límites claros al cobro simultáneo de determinadas retribuciones públicas.

Lo que realmente dice la normativa

Las Cortes de Castilla y León aprobaron normas específicas sobre incompatibilidades de los procuradores acogidos al régimen de dedicación exclusiva parlamentaria. Dichas normas vinculan expresamente ese régimen exclusivo con la percepción de remuneraciones fijas y periódicas con cargo al presupuesto de las Cortes.

Además, la legislación autonómica sobre incompatibilidades señala que quien desempeña un cargo en régimen de dedicación exclusiva no puede ejercer otra actividad pública o privada retribuida mediante sueldo fijo, honorarios o remuneraciones periódicas.

Es decir, la incompatibilidad no parece afectar al hecho de seguir siendo alcaldesa, sino al cobro simultáneo de dos salarios públicos ligados a dedicaciones institucionales.

Y eso es precisamente lo que terminó haciendo Alicia Gallego: mantener la alcaldía, pero renunciar al sueldo municipal.

¿Decisión ética o obligación práctica?

La alcaldesa quiso presentar la decisión como un gesto personal y político: Creo que es lo correcto y lo que me corresponde”.

Pero la intervención de la oposición (portavoz socialista) durante el pleno apuntó en otra dirección, al recordar expresamente la “obligación legal” existente para no mantener simultáneamente ambas retribuciones públicas. La cuestión de fondo es evidente: si realmente no existiera ninguna incompatibilidad relevante, no habría sido necesario renunciar a la dedicación parcial del Ayuntamiento.

Por eso, la frase pronunciada en el pleno resulta, cuanto menos, discutible. Es cierto que ninguna norma le obliga a abandonar la alcaldía, pero otra cuestión distinta es la compatibilidad económica entre una dedicación parlamentaria de carácter exclusivo, y un salario municipal derivado de dedicación parcial como alcaldesa, como ya anunciamos la semana pasada. Ahí es donde la normativa sí marca límites claros.

El problema de la comunicación política

El debate no es solo jurídico, sino también político. Presentar la renuncia como una decisión casi voluntaria puede trasladar a los vecinos la idea de que existía plena libertad para mantener ambas remuneraciones, cuando todo apunta a que la legislación hacía muy difícil —o directamente incompatible— conservarlas simultáneamente.

En otras palabras: la renuncia puede venderse como un acto de responsabilidad institucional, pero también puede interpretarse como el simple cumplimiento de un marco legal de incompatibilidades que impedía seguir cobrando dos sueldos públicos ligados a cargos de representación.

Y ahí es donde la frase del pleno adquiere especial relevancia política. Porque no es lo mismo decir: “La normativa me obliga a renunciar al sueldo municipal”, que afirmar: “No hay una normativa que me obligara estrictamente a renunciar”.

La diferencia no es menor. Cambia completamente la percepción pública de la decisión y del grado real de voluntariedad existente.

Fuentes

Meta Data

Título: La “renuncia voluntaria” de Alicia Gallego a su sueldo de alcaldesa y las dudas que deja su explicación en el pleno
Fecha: 27/05/2026
Sección: Ayuntamiento, Política
Etiquetas: , , ,